La Glototofobia: discriminación por razón de acento

La glotofobia, esto el trato peyorativo, desfavorable e injusto que se da a una persona por razón de su acento o forma de hablar. Si comporta la negación del acceso a derechos fundamentales y oportunidades, y se origina en prejuicios y estereotipos que fomentan la intolerancia y la exclusión social, es discriminación.

Esta práctica discriminatoria, opera como un prejuicio invisible que castiga a quienes no encajan en una supuesta norma lingüística dominante y se suele manifestar de forma sutil pero constante: interrupciones cuando alguien habla, correcciones innecesarias sobre la pronunciación, burlas apenas veladas, comentarios sobre «mejorar» el acento para parecer más profesional. Detrás de estas conductas late una idea profundamente injusta: que ciertos acentos valen menos que otros, que inspiran menos autoridad, que merecen menos oportunidades.

El acento como marcador de desigualdad

En los despachos, en las reuniones de trabajo, en las entrevistas de empleo, en la fila del supermercado o la reunión del colegio. A veces basta con abrir la boca para que el juicio comience. No por lo que se dice, sino por cómo suena. El acento se convierte en el eje de la atención.

En el ámbito laboral y social, el acento trasciende su función de simple identificador geográfico. Se convierte en un código que, de manera prejuiciosa, se asocia con nivel educativo, clase social, procedencia étnica u origen. Esta discriminación lingüística genera barreras reales: hay acentos considerados «poco profesionales» o «poco válidos» que limitan el acceso al empleo, dificultan la promoción profesional, limitan la participación social o simplemente excluyen.

Lo grave es que esta exclusión se ejerce sobre una característica legítima de la identidad personal. El acento andaluz, canario, murciano, extremeño, el de los distintos países de las Américas hispanas o guineano-ecuatorial no son desviaciones de un hipotético español correcto. Son manifestaciones auténticas de una lengua viva, diversa y en constante evolución. La pretensión de neutralizar o transformar la voz de alguien para que encaje en determinados entornos no es sólo una recomendación profesional, podría constituir una forma de discriminación prohibida por ley.

Un ataque a los principios constitucionales

Desde la perspectiva del Derecho Constitucional, la glotofobia vulnera principios fundamentales de nuestro ordenamiento jurídico. El artículo 14 de la Constitución española consagra el derecho a la igualdad y prohíbe cualquier discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. El acento, como rasgo vinculado al origen y la identidad, está claramente amparado por esta protección.

Además, discriminar a alguien por su forma de hablar afecta a la libertad de expresión reconocida en el artículo 20 de la Constitución. Si una persona teme usar su acento natural por miedo a ser juzgada o excluida, su libertad comunicativa se ve coartada. El pluralismo lingüístico y cultural, valores superiores del ordenamiento jurídico español, quedan así comprometidos cuando se impone una uniformidad artificial que niega la riqueza de la diversidad.

No existe el español neutro

Es necesario desmontar el mito del español neutro. Cada variedad lingüística, cada acento, cada forma de hablar es legítima y digna de respeto. En un país donde casi el 20% de la población nació fuera de España y donde conviven lenguas oficiales e identidades culturales diversas, la pluralidad lingüística no es una amenaza, sino parte del patrimonio cultural colectivo, expresión del pluralismo reconocido en la Constitución.

El acento no es un error que deba corregirse. Es historia personal, identidad, memoria, cultura. Es una expresión de la riqueza humana que debe ser protegida y valorada, no estigmatizada. Juzgar a alguien por cómo suena su voz y negarle o restringirle derechos es discriminación.

Una obligación jurídica, ética y social

Las empresas, instituciones y organizaciones tienen el deber legal de cumplir con el mandato de la inclusión. Esto implica aceptar la diversidad humana en toda su extensión, incluyendo los acentos. No se trata de buena voluntad ni de sensibilidad: es una exigencia derivada de los principios constitucionales de igualdad y no discriminación, así como de la normativa antidiscriminatoria vigente.

Proteger la diversidad lingüística es una obligación que abarca lo jurídico, lo ético y lo social. Significa garantizar que nadie sea excluido, menospreciado o limitado en sus oportunidades por cómo habla o las palabras que emplea. Significa entender que la voz también es diversidad, y que todas las voces tienen el mismo valor.

En definitiva, la glotofobia no es una cuestión menor ni un simple prejuicio cultural. Si comporta trato peyorativo, una forma de discriminación que el Derecho prohíbe expresamente y que la sociedad debe rechazar con firmeza. Porque defender el pluralismo lingüístico es defender la igualdad, la dignidad y la libertad de todas las personas.

Origen de la expresión

La glotofobia es un neologismo definido por el sociolingüista francés Philippe Blanchet, referida a la exclusión social, burlas y obstáculos en ámbitos como el laboral y educativo, reforzando estigmas y afectando profundamente la autoestima de quienes lo padecen. Es definida como una forma de discriminación lingüística que se manifiesta en el desprecio hacia las personas por su acento o manera de hablar, al considerar ciertas variedades del idioma como inferiores o incorrectas.

En la foto superior aparece la ministra de María Jesús Montero que ha sido duramente criticada en muchas ocasiones por su acento andaluz. Derechos de las fotos: la superior a quien corresponda; la inferior, generada con IA.



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