El derecho a la IVE en España: retos pendientes

Hoy, 28 de septiembre, el movimiento feminista de distintos países sale a la calle con una misma exigencia: que los Gobiernos legalicen la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) y garanticen su acceso efectivo. El objetivo es concreto y urgente: reducir las muertes de mujeres y niñas provocadas por abortos inseguros. En España, donde la IVE está legalizada, la conmemoración invita a preguntarse algo distinto: si el derecho reconocido en la ley se puede ejercer de verdad, viva la mujer donde viva.

¿Qué dice el Derecho Internacional sobre el aborto?

La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención sobre los Derechos del Niño reconocen el derecho de las mujeres a decidir de forma libre y responsable cuántos hijos tener y cuándo. De ahí se desprende una obligación clara para los Estados: garantizar el acceso universal a la salud sexual y reproductiva, lo que incluye información, educación y servicios de planificación familiar.

Los órganos de control de la ONU han interpretado en numerosas ocasiones que la CEDAW ampara el acceso al aborto en determinadas circunstancias.

En el ámbito europeo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) no ha dictado ninguna sentencia que proclame expresamente el aborto como un derecho humano. Sin embargo, su jurisprudencia ha subrayado en distintas ocasiones la importancia de la autonomía de la mujer y la necesidad de asegurar el acceso a servicios de salud sexual y reproductiva.

La IVE en la Constitución española: una protección consolidada

Aunque la Constitución de 1978 no menciona el aborto, el Tribunal Constitucional ha construido una protección sólida a partir de otros derechos. Desde la histórica sentencia 53/1985, la IVE se vincula al contenido esencial del artículo 15 de la Constitución, que protege la vida y la integridad física y moral. El Alto Tribunal ha añadido también la dignidad y la libertad como fundamentos de este derecho.

La sentencia 44/2023 reforzó esa doctrina y dejó claro que el derecho a la IVE deriva de los derechos fundamentales.

Esto tiene consecuencias prácticas muy concretas. Las mujeres pueden exigir su ejercicio y acudir al recurso de amparo constitucional si se vulnera. Además, cualquier intento de retroceso legal tendría que enfrentarse a esa protección reforzada. No es casualidad que la movilización social, con el llamado «tren de la libertad», lograra frenar la reforma Gallardón de 2012.

La IVE en cifras: qué revelan los datos del Ministerio de Sanidad

Los datos oficiales dibujan una realidad con avances, pero también con retos y señales de alarma.

Volumen y tasa. Según el informe del Ministerio de Sanidad de 2024, se registraron 106.172 abortos, un 2,98 % más que el año anterior (unas 3.000 intervenciones más). La tasa fue de 12,36 por cada 1.000 mujeres de entre 15 y 44 años, muy cerca del máximo histórico de 2011, que fue de 12,47.

Acceso temprano. El 76,58 % de las interrupciones se realizó antes de la octava semana de gestación, un dato que las autoridades atribuyen a un acceso más ágil al sistema.

Motivos. El 94,62 % de los abortos se practicó a petición de la mujer dentro de las primeras 14 semanas. El resto respondió a causas médicas, como riesgo para la gestante o graves anomalías fetales.

Edad. La franja de 20 a 29 años concentra casi el 45 % de los casos. Preocupa el repunte del 6,99 % entre menores de 20 años, con 11.699 interrupciones.

Anticoncepción. El 49,14 % de las mujeres declaró no haber usado métodos anticonceptivos en el momento de la concepción. Es un dato que refuerza el debate sobre la educación sexual.

El gran problema: una sanidad pública que no llega

El principal reto del Sistema Nacional de Salud sigue siendo la desigualdad en la prestación pública. A nivel estatal, casi 8 de cada 10 abortos (78,75 %) se derivan a centros privados concertados, y sólo el 21,25 % se realiza en centros públicos.

Las diferencias entre comunidades autónomas son enormes. El caso de Madrid es ilustrativo: de más de 162.000 abortos practicados en la última década, apenas 177 se realizaron en hospitales públicos. La causa es la objeción de conciencia generalizada en la red sanitaria pública de la región y la falta de medidas para solucionarlo, que dificulta el ejercicio de este derecho.

En el informe del Ministerio de Sanidad de 2025 se deja claro que «mantener la interrupción voluntaria del embarazo fuera de la sanidad pública supone una doble privatización: por un lado, relega el aborto al ámbito de lo íntimo e individual, y por otro, lo desvincula del Sistema Nacional de Salud al depender de proveedores privados. Esta situación refuerza el estigma, invisibiliza la prestación y debilita el principio de universalidad que caracteriza al sistema público».

Un derecho que depende del código postal deja de ser plenamente un derecho para convertirse en otra cosa. Que una mujer tenga que acudir a un centro privado o desplazarse porque su sistema público no responde es, en la práctica, una barrera de acceso que dificulta su ejercicio.

Nuevas medidas para corregir las desigualdades

Los Ministerios de Sanidad e Igualdad han impulsado varias líneas de actuación:

  • Aborto farmacológico en Atención Primaria. Sanidad ha iniciado los trámites para llevarlo a los centros de salud mediante la modificación de la ficha técnica de la mifepristona. Es un modelo que ya funciona en Cantabria y Navarra, donde su menor complejidad logística ha permitido normalizar el servicio en la red pública.
  • Lucha contra el estigma. Se han lanzado campañas institucionales para eliminar la culpa asociada a la IVE. Al mismo tiempo, el Gobierno estudia jurídicamente ciertas iniciativas locales que pretenden obligar a informar sobre supuestos síndromes postaborto sin reconocimiento clínico.
  • Autonomía de las jóvenes. Se mantiene la posibilidad de que las mujeres de 16 y 17 años aborten sin consentimiento paterno, así como la supresión de los antiguos tres días obligatorios de reflexión.

Una discrepancia estadística que pide transparencia

El Observatorio de Bioética ha señalado una diferencia llamativa: el informe oficial contabiliza 106.172 intervenciones, pero la suma de los métodos declarados asciende a 133.461 registros, más de 27.000 de diferencia.

Los expertos lo explican porque los formularios permiten marcar varias casillas, por ejemplo cuando se combinan dos fármacos o cuando un procedimiento fallido requiere después una intervención quirúrgica. Colectivos médicos reclaman un desglose técnico más claro y una auditoría que mejore la transparencia del proceso asistencial.

Más allá de la ley: educación, salud y justicia social

La lucha por el aborto seguro y legal es una lucha por la justicia social y la igualdad entre mujeres y hombres. Garantizarlo exige servicios de salud sexual y reproductiva de calidad y programas de educación sexual integral. Sin ellos, el derecho a decidir queda incompleto, porque decidir también implica acceder a información y a métodos anticonceptivos que eviten embarazos no deseados.

Los derechos sexuales y reproductivos están en el epicentro de los derechos de las mujeres y, por esta razón, son los más vigilados y controlados por el Estado, las instituciones, las religiones y la sociedad en su conjunto, que se creen con el derecho de controlar el cuerpo de las mujeres y la decisión más íntima y personal que una mujer puede tener.

Este 28 de septiembre, la conclusión es clara. En España el derecho a la IVE está sólidamente protegido por la Constitución y su ejercicio efectivo debe ser garantizado por el Estado y las Comunidades Autónomas.

Jurista Feminista



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